Introducción
Para el siguiente artículo decidimos realizar un análisis sobre la reciente película Small Axe: Mangrove estrenada en 2020, abordando minuciosamente diversos fragmentos de la misma en los que se cristalicen la exclusión y opresión que sufre la comunidad negra inmigrante en Inglaterra, así como los distintos repertorios y recursos a los que recurre la misma para reclamar por su derechos de ciudadanía. Entendemos que esta pieza cinematográfica documenta elocuentemente el sesgo que tiene el Estado en conjunto con sus diversos aparatos correspondientes (policía, justicia, etc.) cuando entra en contacto con diversos grupos sociales que, al ser categorizados como seres de menor valía por razones de raza, etnia o género, sufren de una constante marginalización y exclusión de la vida política.
Por otro lado, también decidimos tomar esta película ya que relata la historia real de lxs 9 del Mangrove, un grupo de activistas negrxs que salieron a denunciar en 1970 el sistemático acoso por parte de la policía hacia los integrantes de su comunidad. En el marco de una protesta, se arrestó a 9 de los dirigentes que participaron de la misma, y el juicio que se llevó a cabo gozó de una importante cobertura mediática que hizo que tuviera gran repercusión. Este juicio significó un gran hito en la historia británica respecto a la lucha contra la violencia y discriminación racial, ya que se terminó reconociendo judicialmente –por primera vez– comportamientos motivados por razones de odio racial por parte de la Policía Metropolitana.
Desde nuestro punto de vista, este film reúne varias de las problemáticas discutidas a lo largo de la cursada, por lo que tomamos la decisión de dedicar el análisis sólo a aquellos puntos que nos resultan claves para comprender la relevancia histórica de dicho suceso. Para realizar el análisis de la película (así como una ulterior contextualización de los hechos que en ella se relatan), nos valdremos de algunos conceptos teóricos que consideramos atinados para dicho propósito.
Por un lado, recurriremos a los aportes realizados por Edward Said en su abordaje sobre cómo se construye la identidad de Oriente a través de un discurso de poder efectuado por Occidente ya que, según el pensador palestino-estadounidense, Occidente se vale de diversas prácticas, discursos y dispositivos para definir a Oriente. Este proceso a partir del cual se realiza dicha definición es denominada como “orientalismo” que “es un modo de relacionarse con Oriente basado en el lugar especial que éste ocupa en la experiencia de Europa Occidental” (Said, 2004, p. 1). De esta forma el Otro es consecuencia de un discurso de poder proveniente de Occidente. Sin embargo, en este mismo movimiento Occidente también se define a sí mismo, pero por oposición a Oriente. Y en esta definición especular por oposición, Occidente pasa a representar un conjunto de valores denominados de manera positiva, mientras que Oriente pasa a ser algo rechazable en sí misma e inferior. Veremos más adelante cómo este proceso de definición del Otro en el que se lo endilga de valores negativos, opera también en los discursos y prácticas raciales, expresados en algunos fragmentos de la película.
También consideramos pertinentes las investigaciones realizadas por Karina Bidaseca en relación a aquellas voces que son sofocadas por los discursos hegemónicos y dominantes. Al igual que la autora, sostenemos que la visibilización de un cuerpo, de un colectivo, de un sujeto político, depende de la posibilidad de que su voz sea escuchada. Es decir, hay una íntima relación entre la existencia política, el reconocimiento de sujeto político, con la posibilidad de ser escuchado. Es por ello que, como dice Bidaseca, “La omnipresencia de la voz nos constituye como sujetos. Somos cuando somos respondidos por la voz del Otro (Bidaseca, 2010, p. 130)”. En consecuencia con esta perspectiva, también haremos mención de las aportaciones realizadas por Ranahit Guha en relación a aquellas voces subalternas que son silenciadas por las voces hegemónicas provenientes del Estado y de los discursos dominantes.
Por otro lado, acudiremos también al abordaje que realiza Denise Carreira para problematizar el lugar que deben ocupar lxs blancxs en las luchas anti racistas. Como bien sostiene la autora brasileña, resulta imperioso que lxs blancxs abandonen una posición crítica cómoda, y que entren en contacto no solamente con la producción cultural de las personas negras, sino también con sus experiencias de vida y sus luchas concretas, para que de esta forma abandonen aquella “ceguera social” que nos les permite leer y percibir el lugar que ocupan en la jerarquía social y las desigualdades sociales que eso conlleva. Esta autora nos resulta importante para analizar la presencia y el rol que ocupa el abogado Ian Mcdonald en la defensa de lxs 9 de Mangrove durante el juicio.
El tiempo está fuera de quicio. ¡Oh suerte maldita que ha querido que un pueblo negro naciera para recomponerlo! [1]
El film elegido para este trabajo retrata la historia real del restaurant Mangrove, inaugurado en el barrio londinense de Notting Hill en el año 1968 por Frank Crichlow (Shaun Parkes), un integrante activo de la comunidad inmigrante proveniente de la Isla Trinidad. Su local, especializado en la cultura culinaria caribeña, se convierte rápidamente en el centro de la comunidad inmigrante del barrio y también de la militancia política antirracista y, en consecuencia, en objeto recurrente del acoso policial.
Luego de repetidos allanamientos contra el Mangrove (12 en 19 meses) en los que la policía ingresa repentina y violentamente y, de forma poco sorprendente, sin encontrar evidencia de algún tipo de delito cometido en el lugar, el militante de las Panteras Negras, Darcus Howe (Malachi Kirby), convence a Crichlow de movilizar a la comunidad que se había conformado alrededor del restaurant y marchar contra la comisaría para reclamar por el cese de los hostigamientos y el fin a la brutalidad policial racista. Esta protesta es violentamente reprimida y sus organizadores posteriormente demandados por los supuestos delitos de disturbio y alteración al orden público, entre otros.
Durante el juicio (que no accidentalmente tiene lugar en el Old Bailey, un tribunal dedicado exclusivamente a delitos graves como homicidio y terrorismo) Howe, quien había estudiado derecho, y otra militante de las Panteras Negras, Altheia Jones LeCointe (Letitia Wrright), toman la decisión de representarse a sí mismos aprovechando la oportunidad para poder expresar su verdad frente al juez y el jurado, y también para poder acusar ellxs mismxs a la policía de una conspiración racista contra la comunidad negra e inmigrante.
Dentro de las estrategias adoptadas, intentan impugnar a lxs miembrxs blancxs del jurado con la finalidad de conseguir un jurado íntegramente negro que pudiera comprender el contexto en que se dio la persecución y la acusación y citan como antecedentes un caso en el que acusadxs galeses obtuvieron un jurado compuesto por compatriotas, así como otro en el que acusadxs italianxs también lograron ser juzgadxs por ciudadanxs británicxs que a su vez eran al menos “medio” italianxs. El pedido es rechazado por el juez Clarke (Alex Jennings) y, enfrentados a un jurado mayormente blanco, optan por apelar a la conciencia de clase de sus integrantes ya que muchos de ellos eran de origen trabajador, insistiendo en el diseño aristocrático del tribunal y las jerarquías que allí entran en juego [2].
La defensa logra imponer el factor racial, pese a las constantes protestas del juez, y exponer a los policías en sus mentiras y prejuicios. Habiendo dejado en evidencia lo burdo de las acusaciones en su contra y la fragilidad de las supuestas evidencias presentadas, el jurado decide la inocencia de 5 de ellxs y la culpabilidad de los cargos más leves de lxs 4 restantes y no deja más opción al juez que admitir que el caso se encontraba profundamente atravesado por el racismo de la institución policial, aunque lo hace atribuyéndole, al mismo tiempo, a la comunidad negra de Notting Hill un similar prejuicio sobre la población blanca. Este triunfo, como bien nos recuerda el film hacia el final del relato, no se tradujo de manera significativa en términos materiales ya que el hostigamiento contra Crichlow y el Mangrove continuó hasta el momento de su cierre definitivo en 1992, causando que él tenga que enfrentar a un juez dos veces más y que, pese a recibir una indemnización por parte del Estado, jamás haya recibido una respuesta a sus reiterados pedidos de disculpas por parte de la Policía Metropolitana.
El caso de lxs 9 del Mangrove es un episodio relevante en la historia del movimiento negro e inmigrante del Reino Unido ya que, como se remarcó anteriormente, obligó al Estado a reconocer que la policía británica operaba, no sólo bajo prejuicios de odio racial hacia esta comunidad, sino que además había montado un escuadrón especial en la Policía Metropolitana, conocido como el Escritorio del Poder Negro (Black Power Desk) destinado a la persecución y amedrentamiento de manera sistemática de la militancia antirracista durante la década del ’60.
Hay, además, otros aspectos de la historia retratada en el film que nos resulta interesante resaltar. Para empezar, si bien dos de lxs acusados eligen representarse a sí mismos, el resto prefiere aceptar una estrategia muy utilizada por el movimiento negro británico de la época que consistía en la defensa por medio de abogadxs blancxs. Uno de ellxs, Ian Mcdonald (Jack Lowden), acepta ser quien aconseje a Howe y Jones LeCointe, además de su representada, Barbara Beese (Rochenda Sandall), en su estrategia en el tribunal, pero se limita en sus intervenciones y evita ubicarse en un rol de “salvador blanco” acaparando mayores cuotas de protagonismo, lugar por demás común en este tipo de películas.
También resulta notable que luego del primer allanamiento violento por parte de la policía, la cámara nos enseña cómo la decoración del restaurant, que hasta el momento parecía estar compuesta únicamente por obras artísticas del estilo abstracto, sufrió de ciertos cambios que se corresponden con los cambios en el ánimo de sus dueños y trabajadores a través de los retratos del cura y militante jamaiquino Paul Bogle, el revolucionario haitiano Jean Jacques Dessalines como también posters contra la misma policía. La forma en que las paredes dan cuenta de esta transformación nos permiten ir conociendo poco a poco el cambio de actitud del propio Frank Crichlow, quien al comenzar este periplo prefiere confiar en que las instituciones (como por ej.: la embajada de Trinidad en el Reino Unido o el representante en el Parlamento correspondiente a su distrito) podrán hacer retroceder a la policía en su acoso, llega finalmente a aceptar que la salida es por medio de la lucha colectiva gracias a una comunidad que hizo propio al Mangrove.
Migración y exclusión en Gran Bretaña: pasado y presente
Antes de avanzar con el análisis crítico de la película, creemos necesario abordar el contexto histórico en el que sucedieron los hechos y sus repercusiones hasta la actualidad. La aprobación de la Ley de Nacionalidad Británica en 1948 reconoció el status de ciudadanía para todxs lxs habitantes del Reino Unido y sus colonias, permitiendo en la más absoluta formalidad la migración irrestricta entre territorios. Sin embargo, la situación en los hechos no fue tal y el rechazo de la población blanca sirvió de excusa para constantes reformas de dicha legislación volviéndola cada vez más excluyente. La discriminación racial a la que tuvieron que enfrentarse lxs inmigrantes de las colonias al llegar al territorio británico puede escucharse en el recuerdo que Farrukh Dhondy [3], ex militante de las Panteras Negras, tiene no sólo de las dificultades para conseguir alojamiento al llegar a Inglaterra sino también de los atentados sufridos por él y muchos otros inmigrantes en sus hogares durante la década del ’60.
Si bien el juicio a lxs nueve del Mangrove tuvo como resultado el reconocimiento por parte del Estado de una persecución sistemática contra la población negra e inmigrante, en vez de implementar políticas para combatir este racismo institucionalizado (término que no se utilizaría hasta 1999 [4]) se inició un proceso de reforzamiento progresivo de las fronteras en el territorio del Reino Unido llegando a las “políticas de ambiente hostil” implementadas en 2018 por el gobierno conservador de David Cameron.
La relevancia de traer esta historia a la actualidad tiene que ver con que, producto de dichas políticas, hoy en día cientxs de ciudadanxs que emigraron hacia el Reino Unido en el marco de la Ley de 1948 están siendo deportadxs ilegal y forzosamente hacia Jamaica al no contar con documentación que respalde su ciudadanía británica (que por cierto, el Estado nunca se ocupó de brindar). Teniendo en cuenta que la producción de Small Axe: Mangrove fue planificada para ser emitida al cumplirse 40 años de ese gran acto de resistencia contra las políticas racistas de la policía podemos apreciar que la necesidad de los movimientos políticos antirracistas se encuentra más vigente que nunca.
Voces (des)silenciadas
Claramente la parte más importante de la película tiene que ver con el juicio que se desenvuelve luego de la marcha en la que se denunciaba la persecución sistemática por parte de la Policía Metropolitana hacia la comunidad negra inmigrante. Sin embargo, esta relevancia no tiene que ver solamente con el juicio en sí mismo, sino de manera especial por el modo en el que se lleva acabo. En las instancias preparatorias del juicio, lxs personajes discuten sobre cuál sería la mejor estrategia a seguir para realizar su defensa frente a la Corte. En un momento de la discusión, por recomendación del abogado defensor, se resuelve que lo óptimo sería que lxs mismxs acusadxs se defiendan a sí mismos, ya que eso no sólo les permitiría realizar preguntas sistemáticamente hacia lxs testigxs y hablar directamente con el jurado, sino que también les permitiría relatar en primera persona sus experiencias derivadas de la continua opresión y exclusión que sufren. En este sentido, cuando se discute el tema, Altheia LeCointe Jones sostiene su posición de la siguiente manera:
“Necesitamos desafiar al sistema. Un sistema donde el juez se pone un vestido, los abogados se ponen un vestido y usan pelucas (sic). Pero los hombres son sólo uno para uno. Hablan de uno para uno. No debemos ser víctimas sino protagonistas de nuestras historias, y qué mejor manera de representarnos a nosotros mismos, que auto representándonos a nosotros mismos”. [5]
Al respecto, creemos que esta escena cristaliza elocuentemente la relación que existe entre voz y cuerpo, entre posibilidad de ser escuchado y posibilidad de ser sujetx políticx. Como anticipamos en la introducción, consideramos que la capacidad de ser escuchadxs es necesaria para ser reconocidx como sujetx portador de derechos, como sujetx miembrx de la comunidad política. Bidaseca se pregunta “Si la mirada y la escucha son constitutivas de la subjetividad propia y del cuerpo colectivo, ¿cómo podemos definir conceptualmente la invisibilidad sin referir a la inaudibilidad? ¿Está la invisibilidad separada de la inaudibilidad?” (Bidaseca, 2010, p. 130).
La dominación colonial y la hegemonía de los discursos dominantes han hecho que ciertas voces quedaran completamente silenciadas, reduciendo a lxs sujetxs de esas voces a una condición casi animal, en la que sus enunciaciones no pasan a ser más que gritos o mero ruido. Esta imposibilidad de ser escuchadxs, significa al mismo tiempo la imposibilidad de ser reconocidx como sujetx, es decir, señala la constante exclusión que sufren esas voces de poder participar del juego dialógico propio de la comunidad política. En efecto, el silencio es equivalente a la muerte, a la no existencia, o al menos a la no existencia en tanto como ciudadanx portador de derechos. Es por ello que este silenciamiento también conlleva a un trato violento y opresor hacia esas voces, ya que en tanto que enmudecidas, no pueden defenderse, y por lo tanto se encuentran expuestas en toda su vulnerabilidad a la violencia por parte de los aparatos estatales. Estas voces bajas, por lo tanto:
“quedan sumergidas por el ruido de los mandatos estatales (...) La voz dominante del ‘estatismo’ ahoga las voces de unos protagonistas que hablan en voz baja y nos incapacita para escuchar otras voces que por su complejidad son incompatibles con sus modos simplificadores. Por esta razón no las oímos (Guha, 2002, p. 20).
Sin embargo, esta decisión por parte de lxs acusadxs de defenderse a sí mismxs, les permite participar del juego dialógico, de la redefinición y problematización de las cuestiones sociales y políticas. Al ser sus voces escuchadas, se les constituye un mayor status político, y abandonan aquellas sombras del silenciamiento planificado por el Estado, para darse conocer/escuchar y de esta forma reclamar su derecho a la existencia y a la vida digna como miembrxs de la ciudadanía.
Como mencionamos anteriormente, fue esta estrategia la que ocasionó el triunfo en el juicio por parte de lxs acusadxs, ya que pudieron señalar y denunciar a través del relato de sus experiencias personales el constante y sistemático abuso y violencia sufrida por parte de la Policía Metropolitana. Resulta interesante la lectura que realiza Bidaseca respecto de la obra de Bajtín a partir de los aportes de Zavala, entendiendo que el autor ruso a la hora de abordar el significado de los signos, propone un desplazamiento de lo metafísico a lo dialógico, se puede concluir que:
“Estas intersecciones movibles constituyen el sujeto social cuyo conocimiento, verdad, conciencia, verdad, ser (no importa el lenguaje que utilicemos) nunca está dado ni fijado en un espacio, tiempo o lugar para siempre. La ‘lucha por el signo’ caracteriza no sólo el proceso de la metaforización y de subjetividad o constitución del sujeto. La dialogía y la ‘lucha por el signo’ son, en definitiva, metáforas epistémicas que indican la construcción creadora de la propia existencia y de eso que se llama ‘realidad’ en contacto dialógico con los otros. La historia es así un diálogo de «voces» y el sujeto una ‘intersección’ de voces. El diálogo es así una ‘situación social inmediata’ entre el yo y el otro [...] La vida discursiva no existe sin la palabra del otro” (Bidaseca, 2010, p. 134).
La lucha por los signos se encuentra siempre abierta, es infinita, y la historia consiste en su constante redefinición a partir del diálogo de las distintas voces que componen el campo social. Es decir, que un sistema verdaderamente democrático debe permitir que todas las voces puedan ingresar a ese juego dialógico y participar del juego del logos.
Volvemos a hacer énfasis en la relación indisoluble entre voz y sujeto. El poder participar de este juego creativo de la realidad, de tener una voz que se escuche para participar de los conflictos sociales y sobre su definición, es propio de un sujetx reconocidx políticamente. Estas voces pasan a enfrentarse a esas voces altas que definen lo social y que aniquilan a las voces bajas condenándolas al silencio. Es por esto que consideramos completamente subversiva y emancipatoria la decisión por parte de lxs acusadxs de defenderse a sí mismos nada más y nada menos que ante un jurado repleto de blancxs, con un juez atravesado por prejuicios racistas. Siguiendo a Spivak (1985), podríamos decir que, a través de este gesto, pudieron abandonar su condición de “subalternx” ya que pudieron hablar, pudieron ser escuchadxs.
Las escenas reproducidas en el film traen inmediatamente a la memoria las estructuras coloniales abordadas por Guha (1999) en La muerte de Chandra y la importancia de contextualizar los relatos de la voces subalternizadas para poder escuchar más allá de la “narrativa del crimen” impuesta por el tribunal y un juez que en repetidas ocasiones insiste tanto hacia la defensa como hacia el jurado, que no se deberá conducir la discusión hacia el tema de raza o “una competencia entre blancos y negros” [6]. Howe y Jones LaCointe logran evadir la constricción similar a la de los ekrars que les hubiera significado ampararse en la defensa de unx abogadx (blancx) y apelando, entonces, a la empatía y comprensión del jurado no dejan mayor opción al juez que reconocer la centralidad de este factor en la causa (aún desde su distorsionada interpretación). Esta evasión no tiene lugar únicamente por la intervención de lxs acusadxs en su posición de auto representadxs sino que también es clave la participación del público que acompaña el desarrollo del juicio y hace saber su aprobación o descontento, emulando además desde el lenguaje teatral (o cinematográfico en este caso) la función del coro.
En el plano de lo simbólico, la forma en que los agentes de policía se refieren constantemente a la población negra de Notting Hill en general, y a quienes marcharon contra la comisaría en particular, nos hace recordar el vínculo que se establece entre lo biológico y lo cultural presente en el trabajo de muchxs de lxs autorxs abordadxs en este trabajo. En su testimonio, el oficial Pulley (Sam Spruell) (principal instigador de la violencia institucional y antagonista de la historia) describe la actitud de lxs protestantes como la de “salvajes”, con la única finalidad de deshumanizar y apelar al imaginario racista que vincula a las personas no blancas con la animalidad. Resulta llamativo que en su declaración, el policía expone la cuestión de la animalidad de la siguiente forma: “Se comportaban como salvajes. Howe alentaba a la turba, parado en una pared de ladrillos gritando ‘maten a los cerdos blancos’”. Según esta lógica, lxs negrxs se comportarían como animales al deshumanizar a lxs blancos. Este oficial de policía se referirá además a la clientela del Mangrove como “criminales, proxenetas y prostitutas”, llevando la discusión al plano de lo moral. Incidentalmente, Barbara Beese en su testimonio elige describir a un hombre blanco señalado como provocador con el adjetivo de “salvaje”, devolviendo la valoración de animalidad hacia el ejecutor de la violencia.
En relación a esto último, consideramos oportuno traer a colación los aportes realizados por Said en relación a la construcción de Oriente a partir del orientalismo. Como dijimos en la introducción, a partir del orientalismo, no solamente se construye la imagen de Oriente a partir del lugar que éste ocupa en relación a Occidente en su historia, sino que en este mismo movimiento, a la vez, se conforma también la imagen de Occidente por oposición a aquél. Es decir, las dos identidades pasan a definirse por ser portadoras de ciertas características o atributos completamente opuestos en términos valorativos. Mientras que Occidente pasaría a representar todo lo bueno, justo, verdadero y civilizado, Oriente sería lo malo y el retraso, es decir, la incivilización. Es por ello que Said sostiene que “la cultura europea adquirió fuerza e identidad al ensalzarse a sí misma en detrimento de oriente, al que consideraba una forma inferior y rechazable de sí misma (Said, 2004, p. 3).
Como mencionamos anteriormente, a lo largo de las distintas intervenciones de los policías en el juicio, se elaboró un discurso a partir del cual los acusados pasaban a ser definidos como “salvajes” que atentan contra el orden y la civilización. También se los acusaba de realizar prácticas delictivas en su restaurante de forma secreta. La lógica que subyace debajo del discurso del orientalismo, se aplica y opera exactamente de la misma forma en los discursos racistas a través de los cuales lxs negrxs pasan a ser representadxs como delincuentes, peligrosxs y alteradorxs del orden, mientras que en oposición, son lxs blancxs los que cargan consigo los valores de la civilización y el progreso. Creemos que este señalamiento es de vital importancia ya que ayuda a entender cómo se elabora a partir de un conjunto de prácticas, dispositivos y discursos, una visión deshumanizante hacia ciertos grupos sociales vulnerables, considerándoles como seres inferiores, legitimando de esta forma su constante exclusión y marginalización de la sociedad, impidiéndoles participar plenamente de la vida política.
¿Blancxs en la lucha antirracista?
Uno de los elementos de la película que llama la atención es la participación del abogado de los acusados, Ian Mcdonald, que es una persona blanca. No resulta necesario explicar y ahondar sobre la relevancia que tiene este detalle en tanto y en cuanto resulta que sea justamente un blanco el que tenga que defender a todxs lxs acusadxs que, por su parte, son negrxs. Unx podría suponer en principio que, siendo así las cosas, en esta película se reproduciría una escena típica en la que personas blancas, pese a estar impelidas por buenas intenciones en su participación en las luchas antirraciales, pasarían a acaparar un protagonismo mayor que lxs sujetxs históricxs de las mismas, desplazándolxs del centro de atención, o cuanto menos situándose a la par. Sin embargo, como hemos mencionado anteriormente, en ningún momento el abogado siquiera insinúa querer cobrar un gran protagonismo y, por el contrario, incentiva y alienta a que sean lxs mismxs acusadxs los que se defiendan a sí mismxs, limitándose a cumplir su rol de abogado defensor estipulado por la ley.
Esta actitud por parte del abogado nos incitó a traer las discusiones respecto del lugar que deben ocupar lxs blancxs en las luchas antirraciales tal y como las desarrolla Carreira. En efecto, la autora brasileña remarca y señala la necesidad de una mayor participación por parte de las personas blancas en la promoción, defensa y lucha por la garantía y cumplimiento de los derechos humanos para con los grupos sociales que son objeto de las discriminaciones por motivos raciales. Lo original de este abordaje, es de que en su análisis sobre las luchas antirraciales, no se limita a entender el rol de lxs negrxs, sino que también pretende abordar sobre qué papel deben cumplir lxs blancxs y de qué forma. En este sentido, Carreira señala que resulta urgente que también lxs blancxs puedan replantearse el lugar que ocupan en la jerarquía social y que puedan salir de un estado crítico cómodo en el que no participen de espacios en los que entren en contacto con la cultura y las experiencias de vida de los negros. Este mayor involucramiento resulta vital para dar inicio al proceso de deconstrucción de la “blanquitud” que, siguiendo a la teórica Ruth Frankenberg, define “como un lugar estructural desde donde el sujeto blanco ve a otros y se ve a sí mismo, una posición de poder, un lugar cómodo en el que se puede atribuir al otro aquello que no se atribuye a sí mismo” (Carreira, 2018, p. 130).
Es justamente a través de la liberación de lxs blancxs de su blanquitud que realmente se puede garantizar que todas las personas humanas puedan gozar de la plenitud de la condición humana (p. 131). Ahora bien, la pregunta que surge, entonces, es cómo efectuar este proceso por medio del cual lxs blancxs puedan ir liberándose de su blanquitud. Carreira señala en primer lugar que este proceso no es sencillo ya que por cuestiones estructurales estxs suelen criarse y educarse en espacios donde apenas tienen contactos con comunidades diferentes a la suya. Es decir, son objetos de un aislamiento a través del cual apenas tienen contacto o experiencias que los obliguen a replantearse o reflexionar sobre sus privilegios como blancxs. Esto lxs convertiría en sujetos frágiles a la hora de atravesar experiencias de estrés generadas por el racismo, es decir, serían poco tolerantes debido al escaso o nulo desarrollo de facultades emocionales o cognitivas para tolerar dicho estrés. Es por ello que Carreira alienta el involucramiento de lxs blancxs no solo en las luchas antirraciales, sino que también alienta a que estrechen y multipliquen los espacios en los que entren en contacto con sus vidas. En palabras de la autora:
“El contacto con la literatura, con el cine, con la música, con la producción cultural, con la experiencia de vida de las personas negras es tan importante como el acceso a las investigaciones y a los estudios, a los artículos periodísticos y las estadísticas que exponen las cifras de las desigualdades raciales como fenómeno social” (Carreira, 2018, p. 134).
Dicho todo lo anterior, consideramos que el rol que ocupa el abogado a lo largo de toda la película es un claro ejemplo de cómo las personas blancas deben involucrarse en las luchas anti raciales. Creemos que la “incomodidad” o el “no ir porque es una lucha que no me corresponde”, aun en los casos que dichas argumentaciones estén fundamentadas en posturas honestas, justamente lo que logran es que lxs sujetxs privilegiadxs por la estructura social no compartan espacios de discusión y de acción con los grupos excluidos de la sociedad, evitando de esta forma desarrollar facultades cognitivas y sensibilidades para experimentar el estrés racial que genera el reconocer el lugar que ocupan en la sociedad.
Ahora bien, en tanto que no se es el sujeto específico de dicha opresión, corresponde no querer ocupar el lugar protagónico de la luchas ya que ello equivaldría a silenciar a aquellas “voces bajas” que gozan de la capacidad de agencia para poder hablar y luchar por sí mismas. Es decir, se deben evitar los dos extremos: el alejamiento de los espacios de contactos de las luchas y experiencias de lxs sujetxs subalternxs por un lado, como la participación excesiva en las mismas, por el otro. Por lo tanto, de lo que se trata no es de:
“imputar a los blancos la culpa que inmoviliza, sino estimular la responsabilidad de las personas blancas por medio del desarrollo de auto reflexiones, reflexiones colectivas y acciones que posibiliten transformaciones efectivas en el enfrentamiento con el racismo, comprendido como sistema que abarca desde las relaciones cotidianas hasta las instituciones y políticas públicas” (Carreira, 2018, p. 135).
Dicho con otras palabras, la cuestión es reconocer las ventajas que a unx lx atraviesan al acercarse a la lucha antirracista, aceptar el liderazgo de otras voces que no sea la propia y limitarse a un rol de apoyo activo desde el cual también usar nuestros privilegios para habilitar nuevos y mayores espacios para dicha causa.
Simplemente para complementar este análisis sobre el rol que deben/debemos cumplir las personas blancas en la lucha antirracista, vale la pena notar que al finalizar el juicio, tres de lxs miembrxs del jurado se suman a los festejos en el Mangrove junto a lxs protagonistas de la historia así como en las distintas actividades culturales llevadas a cabo en el local en el pasado. La participación no era exclusivamente de la comunidad negra y/o inmigrante sino de todxs lxs vecinxs del barrio.
Conclusión
El evento histórico retratado en este film presenta, a nuestro entender, los conceptos claves que deben ser pensados como herramientas en la lucha antirracista, es decir, la cuestión especular en la construcción del Otro racializado expuesta en la teoría de Said, la necesidad de ruptura con las estructuras coloniales que determinan cierto tipo de narrativas discursivas legales presentada por Guha, la relación de opresión que tiene lugar entre las voces fuertes, generalmente hegemónicas, y las voces débiles de aquellxs sujetos subalternizadxs y la búsqueda y lucha por arenas políticas que permitan su visibilización desarrollada por Bidaseca, así como los roles que deben ser ocupados por las personas blancas desarrollados por Carreira.
La importancia de este caso se ve también en las repercusiones que hoy en día tienen sobre la población negra inmigrante las políticas cada vez más severas de expulsión y represión, no sólo en Gran Bretaña sino en todo el mundo occidental. Hoy en día vemos cómo en distintas partes del mundo han empezado a resurgir y a ganar mayor legitimación ciertos discursos cargados de odio que fomentan y reproducen visiones deshumanizantes para con determinados grupos sociales vulnerables. Tener presentes estas instancias de lucha pasadas deben servir siempre de aprendizaje y concientización en el presente, y es por eso que creemos apropiado cerrar con algunos fragmentos del alegato final de Darcus Howe transcriptos de la película:
“Decimos: es hora del cierre. Pero en cierto sentido la cuestión recién empieza porque creo que este caso ha abierto temas que posiblemente decidirán la forma y el futuro de la sociedad británica […]. Ha sellado la conciencia de la comunidad negra a tal extremo que la historia de Gran Bretaña no podrá escribirse sin ella. […] Cualquiera sea el veredicto al que lleguen, quiero decir: no me importa. No me importa porque creo que la historia está de mi lado. […] Me acusan de disturbios y alteración a la autoridad. No. Yo acuso a quienes están involucrados en una conspiración. Esa es mi posición.
[...]
Frank Crichlow, no era consciente del hecho que estaba formando un restaurante para la comunidad. Pero ese sentido de comunidad, nacido de la lucha en Notting Hill era tan profundo que no tenía otra forma de ser que un restaurante para la comunidad. Nosotros creamos el Mangrove. Nosotros le dimos forma. Lo creamos para satisfacer nuestras necesidades. El Mangrove es nuestro. ¡Es nuestro! ¡No es de Frank! Lo perdió a la comunidad, él lo sabe. Y entonces, cuando el Mangrove fue atacado por la policía […], dijimos “basta”. Fui forzado a tomar una posición ¡y tomaré una posición!” [7]
Referencias
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Bidaseca, Karina (2010). Perturbando el texto colonial. Los estudios (Pos)coloniales en América Latina. Buenos Aires, Ed. SB. Capítulo 8. “(Fallido de) Una teoría sobre las voces”.
British Nationality Act 1948, en Wikipedia.org, https://en.wikipedia.org/wiki/British_Nationality_Act_1948. Consultado el 6/12/20.
Brixton, “La generación Windrush”, en Wikipedia.org, https://es.wikipedia.org/wiki/Brixton#1948%3A_La_generaci%C3%B3n_%22Windrush%22. Consultado el 6/12/20.
Bunce, Robin y Field, Paul, Mangrove Nine: the court challenge against police racism in Notting Hill, The Guardian, 29/11/2010, en https://www.theguardian.com/law/2010/nov/29/mangrove-nine-40th-anniversary. Consultado el 6/12/20.
Carreira, Denise (2018). El lugar de los sujetos blancos en la lucha antirracista: https://sur.conectas.org/o-lugar-dos-sujeitos-brancos-na-luta-antirracista/?fbclid=IwAR0mL9rMbxbqiChzZdTwb4p8xUp1eCpR9fZFieA36No1uQfzbzzF
Guha, Ranajit (2002). Las voces de la historia y otros estudios subalternos. Madrid. Cátedra.
Guha, Ranajit. La muerte de Chandra. En Revista Historia y grafía, N. 12, 1999, págs. 49-86.
Haque, Zubaida, The Windrush review is unequivocal: institutional racism played its part, The Guardian, 21/3/2020, en https://www.theguardian.com/commentisfree/2020/mar/21/windrush-institutional-racism-hostile-environment. Consultado el 6/12/20.
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Knight, Bryan, Black Britannia: Today’s Anti-Racist Movement Must Remember Britain’s Black Radical History, Novara Media, 18/6/2020, en https://novaramedia.com/2020/06/18/todays-anti-racist-movement-must-remember-britains-black-radical-history/. Consultado el 6/12/20.
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