Volumen 10
Número 1 Junio 2014 Publicación: Junio 2014 Reprogenética y fecundación asistida. Cuestiones ético-clínicas
Resumen
En el presente escrito vamos a abordar el tema de las nuevas formas de filiación y consanguinidad que surgen a raíz de las tecnologías de reproducción humana asistida (TRHA).
Para ello, partiremos en primer lugar, de la consideración de la familia como la forma de organización dentro de la que dan estos vínculos filiatorios. La familia entendida desde la antropología de Levi Strauss y desde la perspectiva del psicoanálisis. En segundo término, analizaremos los cambios que fue sufriendo el modelo familiar tradicional y las modificaciones en las formas de filiación y consanguineidad que surgen a partir de la implementación de estas técnicas. Finalmente, nos referiremos a algunos casos reales y ficcionales que suponen alteraciones de los vínculos familiares, tratando de articular los conceptos de identidad y persona, tal como los propone Agamben con el sujeto el psicoanálisis tal como lo analiza Lacan. Intentando visibilizar los cruces entre estos campos: biología, derecho y psicoanálisis.
Palabras clave: bioética | familia | identidad | ciencia | persona
TRHA: impacto en las constelaciones familiares y la identidad de sus miembros
Elizabet Ormart
Universidad Nacional de La Matanza
“En las sociedades liberales serían los mercados los que, regidos por el interés en los beneficios y las preferencias de la demanda, pasarían la pelota de las decisiones eugenésicas a la elección individual de los padres, y, en general, a lo deseos anárquicos de clientes y clientelismos” (Habermas, 2004: 69).
“Los hombre son animales, algunos de los cuales crían a sus propios semejantes” Peter Sloterdijk
La matriz familiar: origen y universalidad de la familia.
Según Levi Strauss (1956) [1] la comprensión de la familia es una de las cuestiones más escurridizas dentro del estudio de la organización social.
Este autor observa que si consideramos la amplia diversidad de sociedades humanas que han sido estudiadas desde Herodoto hasta nuestros días, lo único que podemos decir es lo siguiente: la familia conyugal y monógama es muy frecuente.
Por otro lado, se puede observar que es posible concebir la existencia de una sociedad perfectamente estable y duradera sin la familia conyugal.
Ante esta aparente contradicción, Levi Strauss concluye:
“La complejidad del problema reside en el hecho de que, si bien no existe ley natural alguna que exija la universalidad de la familia, hay que explicar el hecho de que se encuentre en casi todas partes. Tratar de resolver este problema implica, en primer lugar, definir lo que entendemos por «familia». Dicho intento no puede consistir en integrar las numerosas observaciones prácticas realizadas en distintas sociedades, ni tampoco en limitarnos a la situación que existe entre nosotros. Lo pertinente es construir un modelo ideal de lo que pensamos cuando usamos la palabra familia. Se vería, entonces, que dicha palabra sirve para designar un grupo social que posee, por lo menos, las tres características siguientes:
Tiene su origen en el matrimonio.
Está formado por el marido, la esposa y los hijos(as) nacidos del matrimonio, aunque es concebible que otros parientes encuentren su lugar cerca del grupo nuclear.
Los miembros de la familia están unidos por a) lazos legales, b) derechos y obligaciones económicas, religiosas y de otro tipo y e) una red precisa de derechos y prohibiciones sexuales, más una cantidad variable y diversificada de sentimientos psicológicos tales como amor, afecto, respeto, temor, etc.”
El motivo que fundamenta el origen y universalidad de la familia descansa, para Levi Strauss, en la división sexual del trabajo. En las sociedades tribales la familia conyugal era preferible al celibato por la posibilidad de contar con otro individuo con el que dividir las tareas necesarias para la supervivencia; y los hijos, si bien en sus comienzos demandaban gran atención, paulatinamente se podían convertir en mano de obra necesaria para enfrentar las dificultades del entorno.
Pero existe otro fundamento de índole estructural ubicado por Lacan, que nos lleva del mero acaecer fáctico del problema al fundamento subjetivo, en su texto Dos notas sobre el niño, Lacan afirma que: “La función de residuo que sostiene (y a un tiempo mantiene) la familia conyugal en la evolución de las sociedades, resalta lo irreductible de una transmisión -perteneciente a un orden distinto al de la vida adecuada a la satisfacción de las necesidades- que es la de una constitución subjetiva, que implica la relación con un deseo que no sea anónimo.
Las funciones del padre y de la madre se juzgan según una tal necesidad. La de la Madre: en tanto sus cuidados están signados por un interés particularizado, así sea por la vía de sus propias carencias. La del padre en tanto que su nombre es el vector de una encarnación de la Ley en el deseo”. (Lacan: 1983)
Desde esta segunda perspectiva la función de la familia será la de permitir la constitución subjetiva de sus miembros, signada por el ejercicio de las funciones materna y paterna del adulto sobre el niño. Esto funciona como fundamento universal y necesario de la familia, soportando las formas empíricas de concreción.
La familia actual
Actualmente, más independientes del mundo circundante , el ser humano sostiene la habitualidad de la familia como célula social.
De la definición inicial de Levi Strauss son sólo algunas pocas características que se sostienen en la actualidad. Si retomamos la definición vemos que:
No todas las familias tienen un origen en el matrimonio o en algún orden legal, en la medida que es cada vez más habitual que se den uniones de hecho sin ningún vínculo legal.
La familia no necesariamente está formada por el marido, la esposa y los hijos de la unión. Como dijimos anteriormente, las familias monoparentales, homoparentales y ensambladas son tres casos que contradicen esta tesis.
En este apartado se sostiene que los miembros de la familia estén unidos por derechos y obligaciones económicas, derechos y prohibiciones sexuales, más una cantidad variable y diversificada de sentimientos psicológicos tales como amor, afecto, respeto, temor, etc.
La familia tradicional como “comunidad de sangre” también se modificó en la actualidad, ya que en las familias ensambladas niños sin vínculo de sangre se llaman hermanos y conviven como tales.
Si bien, la fenomenología de la estructura familiar ha sufrido diversas transformaciones, en su interior se sostienen diferentes vínculos:
alianza: afinidad entre los cónyuges.
filiación: entre padres e hijos.
consanguinidad: entre hermanos (fratría)
El vínculo de alianza incluye dos parejas: la pareja conyugal y la pareja parental.
La pareja conyugal: se constituye por elección mutua, su función es la satisfacción mutua. Implica mutua dependencia afectiva, económica y sexual. Se disuelve con el divorcio.
La pareja parental: se constituye con la llegada de los hijos. Su función es la crianza de los hijos. No se disuelve con el divorcio pues ambos padres siguen siendo responsables de la crianza.
La familia tradicional se encuentra hoy mezclada con otras configuraciones familiares, tales como familias ensambladas, monoparentales, homoparentales, etc.
Desde el enfoque lacaniano de la familia, la matriz estructurante de la constitución humana sigue vigente más allá de la fenomenología que adquieran las actuales constelaciones familiares.
Las familias que recurren a TRHA presentan otras modificaciones en los vínculos de filiación y consaguinidad que se suman a las actuales modificaciones.
Los vínculos de filiación en las familias que recurren a TRHA
Las TRHA nos sitúan ante procedimientos como la inseminación artificial con donante, la fecundación in vitro, la transferencia intratúbica de gametos (óvulos u espermatozoides), la transferencia intratúbica de embriones, la inyección intracitoplásmica de espermatozoides, sus derivaciones y, eventualmente, a medio plazo, la clonación en sus diversas variantes, la “fecundación sintética”, los cultivos de células madre embrionarias, etc. que imprimen nuevas transformaciones a las constelaciones familiares.
A continuación proponemos el siguiente cuadro [2] en el que podemos observar las técnicas utilizadas y los efectos que ellas tienen en el área de la ética y los derechos humanos [3].
En el cuadro, entre las técnicas que suponen la fecundación in vitro, hemos agregado la cuestión de la eugenesia. Hoy en día, las TRHA posibilitan la realización de manipulaciones genéticas, tendientes entre otras cosas- a evitar la transmisión de enfermedades, a seleccionar embriones histocompatibles, etc. El diagnóstico preimplantacional (DPI) permite la selección del embrión que sea “mejor” para ser implantado. Este “mejor” tiene fundamentos médicos. Sin embargo, en tanto que las TRHA se encuentran inmersas en la lógica del mercado, también hay padres que buscan el “diseño del bebe” a su medida, pudiendo seleccionar ciertos rasgos del embrión como sexo, color de cabello, de ojos, etc. Es esta vertiente la que -posibilitada por el DPI- encierra el germen de la eugenesia. Ante la lógica de resolución brutal que facilita el mercado, las cuestiones políticas, éticas y jurídicas, son escollos que demoran el desarrollo vertiginoso de las TRHA pero no lo frenan. Nos encontramos entonces, ante formas de eugenesia capitalista en la que los objetos-bebes son exhibidos en vidrieras on line, con un precio en función de la “calidad” del material genético y aquellos que tienen el poder adquisitivos los compran, adquiriendo con ellos sus propios rasgos identificatorios. Retomando la cita inicial de Habermas, los padres devienen clientes y la eugenesia se organiza en función del interés en los beneficios y las preferencias de la demanda.
Mayana Zatz (2011) reseña un caso de una pareja asiática que quiere tener un hijo varón, ya que en su país, el hijo mayor hereda todo, siempre y cuando, tenga un descendiente de sexo masculino. El marido quiere ser el heredero pero para ello necesita tener un heredero. Ellos pagarían cualquier precio por un DPI y no aceptaban un no por respuesta. Si el médico no accedía, tendrían que abortar tantas veces como la esposa quedara embarazada de una niña. Aquí, el criterio médico se ve violentado por la variable económica y sin el amparo de una legislación que regule esta práctica.
¿Qué deseo alienta a los padres a tener un hijo? ¿Cuál será el significante que marque a este niño en su historia, el heredero varón, el a-fortunado?
“Este baño de lenguaje lo determina incluso antes de haber nacido, por intermedio del deseo en que sus padres lo acogen como un objeto, quiéranlo o no, privilegiado” (Lacan: 1966)
Las TRHA generan modificaciones en los vínculos de filiación que afectan psicológicamente a los sujetos que recurren a ellas y a aquellos que son producidos por ellas [4].
Como veíamos en el caso de las nuevas constelaciones familiares, la familia tradicional así llamada “comunidad de sangre” se ha modificado, en la medida en que los sujetos producidos por las TRHA pueden no guardar con sus familiares (padres, hermanos, etc) ningún vínculo de parentesco genético.
Asimismo, personas que no forman parte de la familia participan de diferentes formas en el proceso de concepción y desarrollo del embarazo. Por ejemplo, las mujeres que alquilan sus vientres para llevar adelante el embarazo de otras mujeres. Las familias que recurren a donantes de semen u óvulos incorporan la presencia, muchas veces [5], velada de actores anónimos. En la FIV, el médico es el primer sujeto ajeno a la familia que se encuentra presente en la concepción.
Estas transformaciones en las formas de concebir, pueden ser leídas como mediaciones instrumentales que vienen a reparar fallas biológicas- genéticas de las usuarios de las TRHA, o bien, lo que Kleitnicki (2000, 208) ha dado en llamar, la afectación del núcleo real, que incluye el tratamiento eugenésico o mercantil de los embriones.
Un caso en el que se da la modificación del vinculo filiatorio es el que se ha dado en llamar la filiación post mortem.
El artículo 563 del anteproyecto de reforma del Código Civil, comprende, por primera vez, un apartado en relación a esta posibilidad. Hasta el momento, no existe norma que reglamente este tipo de procedimientos. Si una pareja decide criopreservar su material genético y luego el hombre muere, la mujer, en caso de querer gestar un bebé a partir de ese material genético congelado, deberá conseguir una autorización judicial, precisamente por ese vacío legal.
El anteproyecto propone que si una pareja crioconservó sus embriones y luego el hombre fallece habiendo dejado previamente un consentimiento expreso donde avala la transferencia de sus gametos o embriones, la mujer no necesitará recurrir a la justicia para la implantación pero tendrá el plazo de un año para hacerlo luego del deceso. Además, prevé que el niño que nazca tendrá vínculo filial con ese padre, o sea, derechos sucesorios [6].
Como señala Lima (2014) “El plazo de un año acota los márgenes de la decisión, sin embargo desde el campo psi podríamos preguntarnos, ¿es consecuente este tiempo con los plazos del duelo? Proceso de duelo que inevitablemente deberá llevarse a cabo luego del fallecimiento. ¿Qué sucede entonces con la mediación de estos plazos? Todos estos interrogantes y muchos otros, deberán ser zanjados para poder contribuir de algún modo a producir una reglamentación que sea acorde no sólo al desarrollo y avance tecnológico sino en pro del desarrollo simbólico del ser humano y no de un aplastamiento de su subjetividad.”
El debate sobre estos temas tiene posiciones a favor y en contra [7]. Por un lado, Juan Navarro, profesor de Derecho Civil de la Universidad Católica Argentina, detalla las críticas que la Conferencia Episcopal difundió en un documento: “El Código Civil va a permitir concebir chicos deliberadamente huérfanos y eso menoscaba su derecho a la identidad y va en contra de lo que dice la Convención de los Derechos del Niño. La filosofía que anima esta reforma es priorizar el deseo reproductivo de los adultos por encima de los derechos e intereses de los chicos”.
Mientras que en la otra vereda, se encuentra Sergio Papier, presidente de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva (SAMER) y director de un centro de fertilidad, quien responde a las críticas. “Si hay mujeres solas que tienen hijos y la Justicia las considera familias, y si hay parejas del mismo sexo que tienen hijos, no veo por qué una mujer viuda no puede tener un hijo de su marido fallecido si hubo una voluntad expresa. Entonces, los hijos de madres solas o de dos mujeres ¿también son hijos huérfanos?” [8]
No queremos en este punto detenernos en las aspectos legales o políticos del asunto sino en una reflexión centrada en el eje simbólico a partir del cual nos interrogamos por las posibilidades de filiación post mortem que quedan abiertas a raíz de las TRHA y será necesario luego, en el caso por caso, ver como cada sujeto construye su subjetividad determinado por estas marcas identificatorias en el origen. El hecho fáctico de que el padre no esté no le quita estatuto de real en la constitución subjetiva del niño.
El vínculo de consanguineidad
Según señala Levi Strauss (1956):
“Los especialistas en genética han mostrado que si bien los matrimonios consanguíneos pueden provocar efectos nocivos en una sociedad que los ha evitado de forma coherente en el pasado, el peligro sería mucho menor si la prohibición nunca hubiera existido, por cuanto esto hubiera dado amplia oportunidad a que los caracteres hereditarios dañinos aparecieran y fueran eliminados por selección. De hecho, éste es el procedimiento utilizado por los ganaderos para perfeccionar la calidad de sus reses. Por tanto, el peligro de los matrimonios entre consanguíneos no es tanto la razón como la consecuencia de la prohibición del incesto. Además, el hecho de que muchos pueblos primitivos no compartan nuestras creencias de que los matrimonios consanguíneos son biológicamente dañinos, y por el contrario exhiben teorías diametralmente opuestas, hace que debamos buscar la razón en otra parte, de una forma más en consonancia con las opiniones mantenidas por el conjunto de la humanidad.
La verdadera explicación debiera buscarse en una dirección completamente distinta; lo que hemos dicho con respecto a la división sexual del trabajo puede ayudarnos a captarla.
Ya que la prohibición del incesto lo único que afirma es que las familias (cualquiera que sea la definición) pueden casarse entre sí, pero no dentro de sí mismas.”
Esto permite comprender que los casamientos entre individuos de diferentes familias tienen por finalidad establecer alianzas que conformen grupos sociales afines. De modo que los otros, sean considerados amigos en lugar de enemigos, y que el grupo de los amigos o familiares sea mayor cuantas más uniones no consanguíneas se produzcan.
“En otras palabras –sostiene Levi Strauss (1956) lo que verdaderamente diferencia el mundo humano del mundo animal es que en la humanidad una familia no podría existir si no existiera la sociedad, es decir, una pluralidad de familias dispuestas a reconocer que existen otros lazos además de los consanguíneos y que el proceso natural de descendencia sólo puede llevarse a cabo a través del proceso social de afinidad.”
Como señala Levi Strauss la consaguinidad ha sido evitada desde las sociedades primitivas como una estrategia de afianzamiento de vínculos no consanguíneos con otras familias. Una estrategia pragmática de ampliación del “nosotros”.
En la actualidad, las TRA han modificado también los vínculos de consanguineidad, ocultándolos en el anonimato de los donantes. Quiero comentar en este punto una serie que analiza el tema de la consanguineidad.
Private Practice fue una serie de televisión estadounidense emitida por la cadena de televisión ABC y creada por Shonda Rhimes. Se trata de un spin-off de la serie Grey’s Anatomy. El spin off marca varias diferencias con la obra original al dedicar más esfuerzo en plantear dilemas morales propios de la práctica de la medicina. En este episodio, el segundo de la segunda temporada, el dilema se presenta cuando una pareja joven y muy enamorada relata que no han podido tener hijos y luego de realizar algunas pruebas, los médicos descubren que se trata de dos hermanos. Ambos fueron gestados con semen de un mismo donante anónimo. La consanguineidad era el motivo por el que no podían concebir niños. ¿Qué debería hacer el médico ante esto? ¿Realizar una FIV o tratar de convencer a los jóvenes de la imposibilidad de concebir? De hecho, en la serie los médicos consideran que se trata de una conducta aberrante y prohíben a los jóvenes tener descendencia. Desde la dotación genética se trata de un vínculo de consanguineidad pero desde lo simbólico ¿son hermanos? ¿ser hermano no es acaso tener una historia compartida de juegos, celos, odios y amores?
Nuevamente la fraternidad aparece desligada de los lazos de sangre, como una construcción intersubjetiva, antes que como un destino genético. Sin embargo, una vez que la ciencia ha dado a conocer a estos jóvenes que son hermanos ¿qué hacen ellos con esta información? ¿Qué hacer puede surgir de este saber?
El dato genético puede posibilitar la construcción de un vínculo, el hecho de saber que somos hermanos genéticos deja su huella y ya no se puede volver al desconocimiento. A partir de allí, ese otro con quien comparto el material genético puede volverse mi hermano o no.
Algunos padres luego de tener sus hijos por FIV, deciden donar los embriones sobrantes y tienen la fantasía de que ese embrión se convierta en la novia de su propio hijo. Así lo expresa Tamar Feigin en una entrevista de la Revista Viva: “Donar nos pareció una buena alternativa. Pero sería hijo mío también. Me torturaba la idea de que Alan pudiera enamorarse de su hermana sin saberlo” [9]
Creo que las TRHA nos colocan ante la necesidad de repensar los vínculos filiatorios y consanguíneos genéticos como el origen de nuevas formas de lazo social.
Ser madre, padre, hermano desde la genética no es idéntico a ser madre, padre o hermano desde lo simbólico. Las funciones filiatorias se encuentran, a raíz de las TRHA, dicotomizadas, escatimadas, manipuladas por factores muy diversos.
Retomando la frase de Tamar, ella no era la madre del embrión sino la donante y éste convertirá a otra mujer en madre. La maternidad será ejercida por la mujer que reciba el embrión, lo geste en su vientre, lo dé a luz y finalmente, ejerza la función materna. Sin embargo, los vínculos humanos no son tan claramente construidos, ni se ajustan a las taxonomías científicas.
Existen en la actualidad comunidades de niños concebidos con gametos o embriones donados que se nuclean por este rasgo identificatorio y que libran una batalla por concientizar a la sociedad acerca de su derecho por conocer a los donantes y a sus hermanos genéticos.
El rasgo de haber sido engendrados por donantes anónimos puede ser el punto de partida que dé lugar a la gestación de un vínculo simbólico de consanguineidad, no es el punto de llegada. Los vínculos han pasado de ser constituidos a partir de la familia a ser edificados desde el rasgo identificatorio, en este caso, la identificación al discurso de la ciencia, somos hijos de gametos donados.
Quisiera comentar brevemente tres películas que analizan la temática: The kids are all right (2010), Starbuck (2011) y Delivery man (2013).
En The kids are all right, o la familia como se dio a conocer en Hispanoamérica, Nic y Jules son una pareja casada lesbiana residente en California. Cada una ha dado a luz a un niño con el mismo donante de esperma. El niño más pequeño Laser quiere encontrar a su donante de esperma, pero tiene que tener 18 años para hacerlo. Entonces le pide a su hermana de 18 años de edad, Joni que se ponga en contacto con el banco de esperma y solicite conocer al donante (Paul). Los tres se encuentran. Joni y Laser juran guardar el secreto para no molestar a sus madres. Sin embargo, Jules y Nic lo averiguan e invitan a Paul a cenar. Es en este punto en el que el donante deja de serlo para convertirse en un amigo de la familia. Se empieza a gestar un vínculo de amistad entre él y “los chicos” y una relación de intensa atracción con Jules. Cuando Nic se entera lo que está pasando expulsa a Paul de la familia y se recobra el equilibrio perdido. Lo que nos interesa de esta película es la construcción de vínculos afectivos con un desconocido que ha sido identificado como el donante. Ser designado con ese significante le da entrada a la familia y la posibilidad de que los jóvenes se sientan identificados con él. Se encuentra con una familia y una vida que no le pertenecen pero el ingreso habilitado por el sentido que le dan los jóvenes, no tiene vuelta atrás. Una vez presente en sus vidas dejará huellas que los jóvenes tomarán desde el lugar en el que Paul se posicione.
Starbuck (2011) resulta una comedia con excelentes actuaciones en la que David se encuentra de golpe con su pasado. Fruto de sus donaciones de esperma veinte años atrás, descubre que es padre de 533 hijos, de los cuales 142 quieren conocerle. Han emprendido una acción legal conjunta para que se revele la identidad de su padre biológico, de quien hasta entonces sólo conocen su seudónimo: Starbuck. Cuando David se entera empieza a conocer uno a uno a sus descendientes y a construir con ellos un vínculo que él llama de “ángel guardián”. Sin revelar su identidad, se acercará a los jóvenes con el afán de ayudarlos en las vicisitudes de sus vidas. Sus descendientes lo ayudan sin saberlo a reencauzar su vida y asumir la responsabilidad de su vida sentimental y de su hijo que está en camino. Su posición de eterno adolescente se conmueve y sin calcularlo, el hecho de saberse gestor de 533 jóvenes le permite asumir la paternidad de niño que está por venir. No es el dato biológico en sí mismo el que tiene peso sino el encuentro con el lugar de padre, que reclama su respuesta subjetiva.
Delivery man (2013) es la remake de Starbuck, que se ha dado a conocer a un mayor público ya que ha sido producida por DreamWorks Pictures y protagonizada por el cómico VinceVaughn, recrea la historia anterior.
La construcción de la identidad en los niños producidos por TRHA
Resulta conmovedor el caso de Mikayla Stern-Ellis, de 19 años, y Emily Nappi [10], de 18, que se conocieron en Facebook antes de comenzar sus estudios en la misma universidad, la Tulane University de Luisiana (EE.UU. [11]), y poco a poco su relación se tornó en una amistad inseparable. En la foto podemos ver su parecido físico.
Ambas compartían gustos y similitudes físicas y ante la acumulación de coincidencias comenzaron a indagar y solicitaron conocer el número de identificación del donante de sus madres, algo que les permitió conocer hace unas semanas que eran hermanas, hijas de un mismo padre de origen colombiano.
Según la Real academia española se entiende por identidad el conjunto de elementos y circunstancias que permiten afirmar que una persona es la que dice ser. En la doctrina italiana del derecho se sostiene que la identidad es “un conjunto de atributos, cualidades, caracteres y acciones que distinguen a un individuo de otro y que conforma su derecho a ser reconocido en su peculiar realidad" [12].
La identidad estática es la biológica y genética formada por datos antropológicos, dactiloscópicos, el nombre, la nacionalidad, los rasgos físicos y está conformada por ciertos elementos inmutables. Mientras que la identidad dinámica está conformada el conjunto de atributos y calificaciones de la persona que se van construyendo a lo largo de la vida.
La identidad se conforma por estos rasgos que el sujeto toma a su vez de los otros significativos que lo humanizan. El sujeto no es autocreado, es gestado en el campo del Otro social. El encuentro de estas jóvenes, su amistad, su similitud física fue dando lugar a la búsqueda de aquello que las identificaba su hermandad. El material genético compartido afianzó una serie de rasgos identificatorios que se cristalizaron en ser hermanas. Nuevamente, el lazo con el otro es gestado por le identificación al rasgo: somos hijas del mismo donante.
Para un niño adoptado es importante conocer su historia, es su derecho saber que su madre biológica no es su madre adoptante. Los defensores del derecho a la identidad de los niños producidos por donación de gametos claman por la equiparación de derechos entre los adoptados y los niños concebidos con gametos donados ¿Por qué no podemos pensar que también se trata de un derecho para el niño producto de la inseminación heteróloga saber que posee material genético donado por otra persona? ¿Por qué es necesario para la pareja hacer un pacto de silencio y no revelarle a ese niño que ha sido concebido en un 50% por el material genético de un tercero? Esta información puede ser un elemento más en la historia de esos niños o puede ser un componente central de la misma. No va de suyo. Para que este dato se vuelva central deberá ser colocado en el lugar de rasgo identificatorio para ser desde allí el elemento que haga lazo.
Identidad y persona
Giorgio Agamben, sostiene siguiendo la dialéctica hegeliana de humanización, que para toda persona el deseo de reconocimiento [13] es un dato fundante. El reconocimiento del otro hace posible la existencia humana. El estatuto de persona en lo jurídico y social se encuentra anudado a la identidad. “Persona significa en el origen “máscara” y es a través de la máscara que el individuo adquiere un rol y una identidad social […] persona terminó por significar la capacidad jurídica y la dignidad política del hombre libre” (2011, 67)
Esta fusión entre persona e identidad, en la segunda mitad del siglo XIX se quiebra provocando una transformación decisiva del concepto de identidad. La identidad pasa a quedar ligada a lo biológico, reservando el término persona para el ámbito jurídico. “Ahora la identidad ya no es algo que concierne esencialmente al reconocimiento y al prestigio social de la persona, sino que, en cambio, responde a la necesidad de asegurar otro tipo de reconocimiento, el del criminal reincidente, por parte del agente de policía.” (Agamben, 2011, 70)
Estos desarrollos que realiza Agamben, resultan sumamente interesantes a la hora de pensar el estatuto de los embriones congelados [14] y en el caso de los vínculos de filiación y consanguineidad, nos permiten analizar la relación entre identidad, en tanto dato biológico y la construcción de una identidad anudada a la persona.
Lo interesante no gravita en adoptar las posiciones extremas, sino en sostener la tensión entre la identidad como dato biológico y los enclaves identificatorios que sostienen a la persona en su vertiente jurídica y social.
En este sentido, podemos preguntarnos con Agamben (2011, 75) “¿qué tipo de identidad puede construirse sobre datos meramente biológicos? […] ¿Qué tipo de relación puedo establecer con mis huellas digitales o con un código genético? ¿Cómo puedo asumirlos y, a su vez, tomar distancia de ellos?” Estas preguntas resuenan ahora en la escena de las TRHA.
La apuesta ética se juega en encontrar las formas de articular la identidad a la noción de persona. En este sentido, cada sujeto deberá construir un saber-hacer-ahí con el dato biológico. No es por la vía de la represión – prohibición del mismo que podemos avanzar en esta tarea.
Conclusión
Partimos de la definición ya clásica de familia que nos aporta la antropología de Levy Strauss para comprobar que las modificaciones demográficas y sociotecnologicas que aportan las TRHA cuestionan su vigencia. La familia se sostiene en tanto núcleo que garantiza la construcción de subjetividades. Esto es, un entramado significante que soporta ciertas formas de satisfacción. “Una familia es el lugar en el que algunos otros y algunos significantes vienen a representar al Otro [15], y también el campo en el que el sujeto se ubica respecto del sexo –de la no-relación– y de los modos inconscientes de elección de objeto. Se va a ir definiendo como un entramado de significantes, de bienes y de goces –modos de satisfacción pulsional–, que introduce el problema del malentendido entre los goces particulares. Por ello, podríamos decir que la familia es un malentendido sobre el goce, una heterogeneidad entre diversos modos de gozar, entre diversos modos inconscientes de inscribir lo familiar que no se recubren.” (Torres: 2006)
En este sentido, diferenciamos la identidad como dato biológico, la persona que posee estatuto jurídico y el sujeto que aporta el psicoanálisis. Esta diferenciación de índole teórica resulta un entramado con múltiples yuxtaposiciones en la práctica.
Las TRHA nos llevan a postular el pasaje de los lazos familiares de sangre a lazos identificatorios (significantes) como centrales para comprender las transformaciones de los lazos sociales y los modos de gozar que encontramos en las sociedades actuales.
Referencias
Agamben, G. (2011) “Identidad sin persona” en Desnudez. Buenos Aires, Adriana Hidalgo 2011, pp.67-78.
Birgin, C (2008) “De amor y de ciencia” en Clarín Revista Viva 29.06.08
Fernandez Sessarego, C.(1992) Derecho a la identidad personal. Astrea, 1992, Pág. 55
Giberti, E y Grassi, A. (1996) (Comp.) El poder, el no poder y la adopción. Perspectivas éticas. Lugar, Buenos Aires.
Kletnicki, A. (2000). “Un deseo que no sea anónimo. Tecnologías reproductivas: transformación de lo simbólico y afectación del núcleo real”. En La encrucijada de la filiación. Tecnologías reproductivas y restitución de niños, Lumen/Humanitas, Buenos Aires, 2000.
Habermas, Jürgen (2004). El futuro de la naturaleza humana ¿Hacia una eugenesia
liberal? Buenos Aires: Paidós.
Lévi-Staruss, C.; Spiro, M.E. & Gough, K. (1956). Polémica sobre el Origen y la Universalidad de la Familia. Barcelona: Anagrama.
Ormart, E (2013) “La construcción libidinal del sujeto ético” en Revista Generaciones. Buenos Aires, EUDEBA, 2013. Año 2 nº 2 (pp. 49-56)
Ormart, E. (2011) “The swicht: ética e inseminación”. En Aesthethika Revista Internacional sobre Subjetividad, Política y Arte. Vol. 6, (2), abril 2011 [1-6]
Torres, M. (2006) “La familia y el malentendido particular: Madre sola y nuevas virilidades”. Virtualia, nº 15.
Zatz, M (2011) Genética. San Pablo, Globo.
Materiales audiovisuales
Rhimes, S. (2007-2013) Private Practice [Serie] Estados Unidos: Cadena ABC
Cholodenko, L. (2010) The kids are all right [Película] Estados Unidos: Focus Features
Niccol, A. (1997) Gattaca [Película] Estados Unidos: Columbia Pictures.
Wolf, D. (2001) La ley y el orden. UVE. [Serie] Capítulo 3 de la tercera temporada de la serie. Estados Unidos: NBC
Gordon, J. y Speck, W. (2010) The swicht [Película] Estados Unidos: Miramax.
Scott, K. (2011) Starbuck. [Película] Francia - Canadá: Les Films Christal
Scott, K (2013) Delivery man [Película] Estados Unidos: Walt Disney Studio.
[1] Lévi-Staruss, C.; Spiro, M.E. & Gough, K. (1956). Polémica sobre el Origen y la Universalidad de la Familia. Barcelona: Anagrama.
[2] El presente cuadro fue tomado de Michel Tort “El deseo frío”, Nueva Visión, Buenos Aires, 1995. Da cuenta de diez variantes de las Tecnologías de Reproducción Asistida. La última columna, con algunas de las cuestiones éticas que se presentan, es un agregado del Prof. Juan Jorge Michel Fariña
[3] Existen diferentes autores que relatan experiencias de tratamientos con padres que recurren a las TRHA y que describen diferentes sentimientos y fantasías que acompañan a las parejas a lo largo de este proceso. VG. Blumberg, S. Procreación asistida en Giberti, E y Grassi, A. (1996) (Comp.) El poder, el no poder y la adopción. Perspectivas éticas. Lugar, Buenos Aires.
[4] Cfr. El articulo The Switch de mi autoría en el que se realiza un recorrido sobre las modalidades de construcción de la identidad de un niño al que se le oculta el origen a partir del uso de inseminación con donante.
[5] En una muestra constituida por 279 mujeres, de parejas heterosexuales que habían concebido su hijo mediante Ovodonación en CEGYR entre los años 2000 y 2008, solamente el 8,7% le dijo a sus hijos que fueron concebidos con material genético donado.
[8] Este debate se cerró en Argentina, luego de que la Iglesia ejerciera presión sobre kirchneristas y radicales quienes aceptaron quitar de la nueva legislación los dos aspectos más novedosos y polémicos redactados por los juristas y defendidos por los mismos Kirchneristas, antes de que Bergoglio se convirtiera en el nuevo Papa. Se trata de los artículos 562 y 563, en los cuales se establece la gestación por sustitución (más conocida como alquiler de vientre) y la filiación post mortem en las técnicas de reproducción humana asistida.
[9] Fragmento de la entrevista a Tamar Feigin. Madre de Alan y Magalí. Revista Viva.
[11] En muchos estado de EEUU la información sobre el donante es entregada a los interesados sin restricciones.
[12] Fallo de la Corte Suprema italiana. Citado por Fernandez Sessarego, C. en Derecho a la identidad personal. Astrea, 1992, Pág. 55
[13] En relación con este punto y su relación con lo que Lacan desarrolla en torno a la dialéctica de alienación-separación pueden consultar: Ormart, E (2013) La construcción libidinal del sujeto ético en Revista Generaciones. Buenos Aires, EUDEBA, 2013. Año 2 nº 2 (pp. 49-56)
[14] La polémica en torno al estatuto del embrión extracorpóreo ha suscitado posiciones encontradas a raíz de la reforma propuesta en el Código civil que llevó el debate a los medios el pasado 2013.